El Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), en su Artículo 53 establece que, 'Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual… los órganos de contratación difundirán, a través de Internet, su perfil de contratante'.
Para la contratación sujeta a regulación armonizada, SEPIVA aplicará los preceptos aplicables de la TRLCSP.
Para la contratación no sujeta a regulación armonizada SEPIVA se regirá por las Instrucciones de Contratación.
El objeto de éste perfil es incluir cualquier dato e información referente a la actividad contractual del órgano de contratación de SEPIVA, como adjudicaciones de contratos, anuncios, licitaciones abiertas o en curso, contratos adjudicados y cualquier información útil de tipo general.