Tiene la consideración de reforma de importancia cualquier actuación realizada al vehículo homologado, ya sea antes o después de su matriculación.
Las reformas, se encuentran tipificadas en el RD 736/1988 y en la Orden CTE 3191/2002.
Tras la realización de una reforma y en el plazo de una semana, hay que presentar el vehículo a inspección, para que las modificaciones sean anotadas en la tarjeta ITV.
Junto con el vehículo, hay que aportar alguno de estos tres documentos:
- Autorización del fabricante del vehículo o del laboratorio acreditado para reformas.
- Proyecto y certificado de final de obra, realizado por técnico y visado por el Colegio profesional correspondiente.
- Certificado de ejecución de la reforma, emitido por el taller transformador.
| NOTA: Nuevo Manual sobre Reformas de Vehículos editado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo que entrará en vigor el próximo día 14 de enero de 2011. |